Se ratifica dictamen que declaró acéfala a la Asociación de Karate del DF

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El Camino de la Mano Vacía en la Ciudad de México vive momentos significativos en su historia, luego de que se determinó que no es procedente el amparo en contra de la resolución de la CAAD que declaró acéfala a la Asociación de Karate del Distrito Federal.
El Camino de la Mano Vacía en la Ciudad de México vive momentos significativos en su historia, luego de que se determinó que no es procedente el amparo en contra de la resolución de la CAAD que declaró acéfala a la Asociación de Karate del Distrito Federal.

El Camino de la Mano Vacía en la Ciudad de México vive momentos significativos en su historia, luego de que se determinó que no es procedente el amparo en contra de la resolución de la Comisión de Apelación y Arbitraje del Deporte (CAAD) que declaró acéfala a la Asociación de Karate y Artes Marciales del Distrito Federal (AKAMDF).

El sobreseimiento de la solicitud de amparo fue determinado el pasado 13 de julio por Alma Delia Aguilar Chávez Nava, Jueza 15ª de Distrito en Materia Administrativa en el Distrito Federal, con lo cual se ratificó la sentencia definitiva dictada por la CAAD el nueve de febrero de este año que textualmente determinó:

“…declarar ilegal el acto impugnado consistente en la Asamblea General Ordinaria de la Asociación de Karate y Artes Marciales del Distrito Federal, asociación civil, de fecha diecinueve de diciembre de dos mil trece…”

Además, de que con ello la CAAD determinó que

“…la Asociación de Karate y Artes Marciales del Distrito Federal, asociación civil, queda acéfala”.

Como oportunamente se informó, esta situación es el resultado la apelación registrada con el número CAAD-RA-10/2014, la cual fue presentada maestros y practicantes reunidos en el “Movimiento por el Bien del karate do en el DF”, en contra de la Asamblea General Ordinaria de la AKAMDF del 19 de diciembre de 2013, para elegir al consejo y donde se denunciaron diversas irregularidades, entre ellas la reelección de su presidente José Luis García Díaz.

Con este dictamen, ahora queda por esperar las acciones para la reorganización del karate do en la capital del país, a fin de que miles de practicantes no resulten afectados.

1 COMENTARIO

  1. toda sentencia de un jd admite recurso ante los tribunales colegiados , el órgano máximo de una asociación es la asamblea general de asociados en este caso integrada por los clubes oficiales delegacionales según estatuto femeka los actos realizados por la asociación son vigentes, solo quedo sin su órgano ejecutivo el querer desconocer los actos de la asociación vulneraria el derecho de los atletas que son representados por los clubes of. de cada delegación, quienes son la asociación misma, el mismo caso es en la federación, su ejecutivo debe rendir cuentas pues no es un monarca es a quien las asociaciones le dieron la encomienda de administrar y organizar pero estas son quienes tiene el poder en la asamblea general

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